Beneficiarios:
Con carácter general, podrán resultar beneficiarios de estos préstamos las entidades locales de la Comunidad Autónoma Andaluza enumeradas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local así como los organismos autónomos locales, las entidades públicas empresariales locales y las sociedades mercantiles locales. En este supuesto, los préstamos podrán alcanzar un importe del 100% de la inversión financiable. Dicho importe, sin embargo, deberá ajustarse a un límite máximo de 6 millones de euros y un mínimo de 300.000 euros por beneficiario y año.
Se abre la posibilidad de que sean prestatarios finales del FOMIT, además de las entidades locales, las «empresas turísticas privadas, radicadas y que desarrollen su actividad principal en destinos turísticos maduros».
Criterios de valoración FOMIT:
1. Localización de las inversiones y análisis de la necesidad de la inversión teniendo en cuenta el grado de madurez del destino y la vinculación de la inversión con la modernización de las infraestructuras y la desestacionalización de los flujos turísticos.
2. Calidad, coherencia, concreción y justificación del proyecto.
3. Aplicación de criterios de sostenibilidad medioambiental, social y económica a las actuaciones previstas.
4. Medidas que introduzcan nuevas tecnologías y procesos que contribuyan a la mejora y eficiencia integral, valorando especialmente las orientadas a la gestión de residuos, de la energía, de la gestión del agua y del aire.
5. Número de medidas que contribuyan a favorecer la accesibilidad del destino.
6. Medidas que contribuyan a la adecuación de las infraestructuras turísticas a las características y perfil de la demanda.
7. Número de actuaciones que diversifiquen y enriquezcan los recursos y actividades turísticas en el destino y potencien los valores diferenciales y de calidad del destino.
8. Medidas que contribuyan a la utilización de nuevas tecnologías para la gestión turística de los destinos maduros.
9. Actuaciones que protejan el Patrimonio Cultural material e inmaterial del destino.
10. Contribución de las actuaciones a la generación de empleo estable.
Tipo de interés para el beneficiario final:
Préstamos a 3 años: fijo hasta el 5,045%.
Cálculo: 1,045% + hasta 4% margen de intermediación.
Periodo máximo de carencia: Un año.
Préstamos a 5 años: fijo hasta el 5,97%.
Cálculo: 1,670% + hasta 4,30% margen de intermediación.
Periodo máximo de carencia: Dos años.
Préstamos a 10 años: fijo hasta el 7,362%.
Cálculo: 3,062% + hasta 4,30% margen de intermediación.
Periodo máximo de carencia: Tres años.
Préstamos a 15 años: fijo hasta el 7,818%.
Cálculo: 3,518% + hasta 4,30% margen de intermediación.
Periodo máximo de carencia: Cinco años.
Redacción y Elaboración de Planes Empresariales en: info@andaluzadeactividades.es (Acceder a Contenido AQUÍ).
Fuente: Andaluza de Actividades y Servicios de Consultoría, S.L.