Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
1.- Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven.
1.1.- Reducciones y bonificaciones Autónomos menores 30 años que no hubieran estado dados de alta en los cinco años anteriores:
– Reducción del 80% (BMC) en los 6 primeros meses.
– Reducción del 50% (BMC) durante los 6 meses siguientes a la reducción del 80%.
– Reducción del 30% (BMC) durante los 3 meses siguientes a la reducción del 50%.
– Bonificación del 30 (BMC) durante los 15 meses siguientes a la finalización del periodo de reducciones.
1.2.- Compatibilidad de la prestación por desempleo y alta en autónomos. Solicitar la compatibilidad en los 15 días siguientes al alta.
1.3.- Incentivos al contrato a tiempo parcial con vinculación formativa. Reducción del 100% cuota empresarial sobre CC para empresas -250 empleados. + 250 empleados del 75%, durante 12 meses prorrogables otros 12.
1.4.- Incentivos al contrato indefinido efectuado por microempresas o autónomos. Reducción durante el primer año de contrato del 100% de la cuota empresarial sobre CC para empresas -9 empleados que contraten menores de 30 años.
1.5.- Incentivos al contrato en nuevos proyectos de emprendimiento joven para mayores de 45 años. Reducción del 100% de todas las cuotas empresariales de la Seguridad Social, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y las cuotas de recaudación conjunta, durante los 12 meses siguientes a la contratación de mayores de 45 años realizada por autónomos menores de 30 años sin trabajadores asalariados.
1.6.- Incentivos al contrato en prácticas con jóvenes menores de 30 años. Reducción del 50% de la cuota empresarial SS por CC correspondiente al trabajador durante toda la vigencia del contrato, y del 75% si se encuentra realizando prácticas laborales.
1.7.- Incentivos a la incorporación de jóvenes a entidades de la economía social. Bonificaciones en las cuotas empresariales de la Seguridad Social durante tres años, cuya cuantía será de 66,67 euros/mes (800 euros/año), aplicable a las cooperativas o sociedades laborales que incorporen trabajadores desempleados menores de 30 años como socios trabajadores o de trabajo.
Bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social aplicables a las empresas de inserción en los supuestos de contratos de trabajo suscritos con personas menores de 30 años en situación de exclusión social incluidas en el artículo 2 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, de 137,50 euros/mes (1.650 euros/año) durante toda la vigencia del contrato o durante tres años, en caso de contratación indefinida.
1.8.- Incentivos fiscales. Reducción del impuesto s/sociedades para entidades creadas a partir del 1 de Enero de 2013, BI – 300.000,00 € = 15% y BI +300.000,00 € = 20%. Reducción 20% IRPF inicio actividad en estimación directa.
2.- Adhesión a la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven. Más información AQUÍ.
3.-Obligación de presentación de facturas en un registro administrativo e identificación de órganos. Con el objetivo de controlar la morosidad de todas las administraciones públicas, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura en formato electrónico que haya expedido por los servicios prestados o bienes entregados ante el correspondiente registro administrativo a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma. El pago deberá de realizarse en el plazo máximo de 30 días.
4.- Fondo para el pago a proveedores de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales. Más información AQUÍ.